Sociedad

Autorizan a los puestos de diarios como punto de entrega de correo

Los puestos de diarios podrán registrarse como operadores postales o asociarse a uno autorizado para ofrecer servicios de paquetería para algunas entregas.

  • 04/09/2025 • 10:04

El Gobierno de Javier Milei avanzó en un nuevo paso de su plan de desregulación del comercio y los servicios, con impacto directo en el tradicional sistema de venta de diarios y revistas. Mediante el decreto 629/25 publicado en el Boletín Oficial, se dispuso la derogación del régimen jurídico aprobado en el año 2000 y modificado en 2009, al considerarse “innecesario, obsoleto y limitante” para la actividad.

La medida firmada por el presidente Javier Milei y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, además elimina el Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas, que hasta ahora otorgaba el derecho de parada, reparto y líneas de distribución con zonas de influencia. Sin embargo, estarán autorizados a ofrecer servicios de paquetería, correspondencia y entrega de documentos oficiales.

Libre competencia y marco normativo

El decreto sostiene que la venta de diarios y revistas en la vía pública quedará enmarcada en el Código Civil y Comercial de la Nación y en las normativas locales que correspondan, promoviendo la libre competencia y la igualdad de oportunidades en el acceso al mercado.

El texto oficial recuerda que, en línea con el Decreto 2284/91 de desregulación económica y posteriores normas, la gestión actual busca eliminar restricciones al comercio, los servicios y la industria, fomentando la libre circulación de bienes, servicios y trabajo en todo el territorio nacional.

Puestos de diarios como operadores postales

Uno de los puntos más relevantes de la medida es que las paradas de diarios podrán prestar servicios postales, siempre que: "se registren como operadores postales ante el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), o celebren acuerdos con un operador postal autorizado".

De esta manera, los canillitas podrán encargarse de la entrega de correspondencia, papelería, paquetería, productos de e-commerce, así como también de tarjetas de crédito, débito, DNI y pasaportes.

La derogación del Decreto 1025/00 entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial. Desde entonces, los puestos de diarios y revistas podrán ampliar su actividad en un marco de mayor flexibilidad comercial, alineado con el Decreto 1005/24, que ya había desregulado parte del sector postal.