
La Corte Suprema intervino y suspendió provisoriamente la derogación de la Ley de Tierras
El máximo tribunal dictó una medida cautelar interina tras un planteo de la Asociación Civil Árbol de Pie por el derecho a un ambiente sano.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó una medida cautelar interina que suspendió la derogación de la Ley de Tierras, dispuesta por el artículo 154 del DNU 70/2023. La decisión se tomó en el marco de una causa impulsada por la Asociación Civil Árbol de Pie, que cuestionó la constitucionalidad de la norma por sus posibles efectos sobre el derecho a un ambiente sano.
El máximo tribunal resolvió intervenir en este expediente luego de que otro planteo relacionado con la misma disposición, presentado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata (CECIM), fuera rechazado por falta de legitimación. En ese primer caso, la organización había invocado la protección de la soberanía nacional.
Debido a que ambos expedientes fueron considerados procesos colectivos, la Corte debía abordar primero el caso CECIM, que había sido inscripto con anterioridad en el registro correspondiente. Esa situación dejó en espera la demanda de Árbol de Pie, que ahora obtuvo una respuesta cautelar.
Una medida provisoria para frenar la derogación
En el expediente de la Asociación Civil Árbol de Pie, el planteo se centra en el derecho a un ambiente sano y en las consecuencias que podría tener la derogación de la Ley de Tierras sobre la protección del territorio y los recursos naturales.
A diferencia de lo ocurrido en el caso CECIM, la Corte decidió dictar una medida cautelar interina, pese a que no existían medidas judiciales previas adoptadas durante las instancias anteriores del proceso.
La decisión tiene carácter provisorio y busca preservar la situación mientras los tribunales inferiores analizan la cuestión de fondo. Por lo tanto, la resolución no implica todavía una declaración definitiva sobre la constitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023 ni sobre la validez de la derogación de la ley.
Los votos de la Corte Suprema
El fallo fue firmado por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. El juez Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.
La intervención de los conjueces fue necesaria para resolver el expediente, en el que los integrantes del máximo tribunal debían definir el alcance de la disposición cuestionada.
Con esta decisión, la Corte abrió una nueva instancia en la disputa judicial por la Ley de Tierras, cuya derogación fue impulsada por el Gobierno nacional a través del decreto de necesidad y urgencia 70/2023.
Ahora, el análisis de los tribunales inferiores deberá avanzar sobre los argumentos vinculados con la protección ambiental y la validez de la norma, mientras permanece vigente la suspensión cautelar dispuesta por el máximo tribunal.
